Funciones
El Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo tiene las siguientes atribuciones y funciones:
a) Conducir y coordinar el proceso de formulación, gestión, seguimiento
y evaluación de las políticas macroeconómicas y de desarrollo
sostenible.
b) Ser el Órgano Rector del Sistema Nacional de Planificación e
Inversión Pública y del Ordenamiento y la Ordenación del territorio.
c) Formular la Estrategia de Desarrollo y el Plan Nacional Plurianual
del Sector Público, incluyendo la coordinación necesaria a nivel
municipal, provincial, regional, nacional y sectorial, para garantizar
la debida coherencia global entre políticas, planes, programas y
acciones.
d) Formular y proponer al Consejo de Gobierno una política de
desarrollo económico, social, territorial y administrativa sostenible
tomando en cuenta el uso racional y eficiente de los recursos
productivos e institucionales.
e) Coordinar la formulación y ejecución de los planes, proyectos y
programas de desarrollo de los organismos públicos, comprendidos en el
ámbito del Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública.
f) Desarrollar y mantener el sistema estadístico nacional e indicadores económicos complementarios al mismo.
g) Mantener un diagnóstico actualizado y prospectivo de la evolución
del desarrollo nacional que permita tomar decisiones oportunas y
evaluar el impacto de las políticas públicas y de los factores ajenos a
la acción pública sobre el desarrollo nacional.
h) Evaluar los impactos logrados en el cumplimiento de las políticas de
desarrollo económico, social, territorial, administrativos y de
recursos humanos, mediante la ejecución de los programas y proyectos a
cargo de los organismos del Sector Público.
i) En el marco de lo previsto en los Literales b y c proponer la
estrategia y prioridades de inversión pública de corto, mediano y largo
plazo.
j) Definir y proponer una regionalización del territorio nacional que
sirva de base para la formulación y desarrollo de las políticas en
todos los ámbitos del sector público.
k) Administrar y mantener actualizado el sistema de información y seguimiento de la cartera de proyectos.
l) Establecer las políticas en materia de la cooperación internacional
no reembolsable, en coordinación con el Ministerio de
Relaciones Exteriores.
m) Negociar y acordar con los organismos multilaterales y bilaterales
de financiamiento a definición de la estrategia para el país en lo que
respecta a la identificación de las áreas, programas y proyectos
prioritarios a ser incluidos en la programación de dichos organismos.
n) Definir, en consulta con los organismos involucrados, los
compromisos no financieros que se acuerden con los organismos
multilaterales y bilaterales, dando seguimiento al cumplimiento de los
mismos.
o) Otorgar la no objeción a los proyectos de inversión pública,
independiente de su fuente de financiamiento, que serán incluidos en el
Plan Nacional Plurianual y el Presupuesto Plurianual del Sector
Público.
p) Diseñar, proponer e implementar políticas y acciones relativas a la
actualización permanente del Sector Público, que permitan el desarrollo
del servicio civil, la carrera administrativa y las estructuras
orgánicas y funcionales apropiadas para una administración moderna y
eficiente, orientada al servicio de los ciudadanos.
q) Establecer las pautas y criterios sobre los cuales el sector público
desarrollará y operará el uso de las tecnologías de la información para
hacer más eficientes, próximos y transparentes la acción y los
servicios que éste brinda a los ciudadanos.
r) Celebrar, conjuntamente con el Ministerio de Hacienda,
contratos por resultados y desempeño con las instituciones del sector
público.
s) Participar en la elaboración de la política comercial externa de la
República Dominicana , así como en las correspondientes negociaciones
comerciales.
t) Ejercer la coordinación del Centro Nacional de Fomento y Promoción
de las Asociaciones sin fines de lucro, de acuerdo a lo dispuesto en la
Ley 122-05.
u) Realizar las demás funciones que le confieran otras disposiciones legales.